La medida, respaldada por congresistas de distintas bancadas, genera fuertes críticas por sus implicaciones en el acceso ciudadano a la información electoral.
Clara López (Pacto Histórico), Angélica Lozano (Partido Verde) y Paloma Valencia (Centro Democrático). Foto Camilo Suárez y Colprensa.La iniciativa legislativa fue radicada en octubre de 2024 por un grupo multipartidista conformado por las senadoras Angélica Lozano (Partido Verde), Paloma Valencia (Centro Democrático), Clara López (Pacto Histórico), y el representante Juan Sebastián Gómez (Nuevo Liberalismo). Sin embargo, su origen se remonta a una propuesta previa impulsada por los excongresistas Rodrigo Lara y el hoy ministro Armando Benedetti.
El cambio más controvertido lo establece el artículo 5, que limita la publicación de encuestas de intención de voto al periodo comprendido entre tres meses antes del inicio de la inscripción de candidaturas. Esto significa que, para las presidenciales de 2026, solo podrán hacerse públicas a partir del 31 de octubre de 2025, ya que el calendario electoral inicia formalmente el 31 de enero de 2026.
“La ley fue construida desde el multipartidismo y cada paso en su trámite pluralista”, afirmó la senadora Angélica Lozano, en defensa del proceso legislativo.
Críticas desde el sector encuestador
La reacción del sector encuestador no se hizo esperar. César Caballero, gerente de la firma Cifras & Conceptos, advirtió que la nueva ley traerá como consecuencia “menos encuestas públicas y las otras serán a mayor costo. Una mayor ventaja para los candidatos con dinero, que seguirán contratando encuestas, pero la ciudadanía tendrá menos acceso a la información”.
Pese a sus reparos, Caballero reconoció que hay aspectos positivos, como la exigencia de mayor rigor técnico a las firmas encuestadoras: “es positivo exigir calidad en las encuestas”, comentó.
Por su parte, Martín Orozco, gerente de Invamer, fue más tajante al calificar la medida como un riesgo para la democracia: “La gente no va a tener cómo saber cuáles son las preferencias electorales de los colombianos; los medios no van a tener cómo comunicarle a las personas qué se está diciendo...”, declaró en entrevista con Blu Radio. También criticó la ambigüedad de ciertos requisitos técnicos que establece la norma.
Nuevas exigencias metodológicas y sanciones
La ley no solo impone restricciones temporales. También obliga a las encuestadoras a aplicar metodologías más inclusivas y representativas. Deberán incluir municipios con más de 800.000 habitantes (como Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Soacha y Cúcuta) y representar regiones sin grandes ciudades, como los Llanos o el sur del país. Además, deberán cubrir una muestra de municipios pequeños, medianos y grandes según rangos poblacionales definidos.
Otro punto clave es que las firmas encuestadoras estarán obligadas a entregar al Consejo Nacional Electoral (CNE) toda la información relacionada con las bases de datos utilizadas, protegiendo el anonimato de los encuestados. Asimismo, se creará una Comisión Técnica en el CNE, compuesta por expertos en estadística designados por universidades acreditadas, que auditará los estudios publicados.
Sin embargo, uno de los aspectos más polémicos es la responsabilidad civil y penal que se impone a las firmas que no cumplan con los lineamientos. Esto incluye la posibilidad de ser sancionadas si excluyen intencionalmente a candidatos que deban ser incluidos en los estudios, lo cual abre un complejo debate técnico y jurídico.
Con esta ley, que será aplicable a todos los futuros procesos electorales en el país, Colombia modifica sustancialmente las reglas del juego en materia de información electoral. A pesar de que busca mayor rigurosidad, transparencia y equidad, diversos sectores advierten que el resultado puede ser un retroceso en el derecho ciudadano a estar informado durante los periodos preelectorales.
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